La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó el reglamento que regula la implementación y aplicación del voto digital en los procesos electorales y de consulta popular.
En tal sentido, el reglamento del digital el cual consta de 39 artículos, seis disposiciones complementarias finales y una disposición complementaria transitoria.
Asimismo, precisa que deberá ponerse el contenido de la resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
De igual modo, establece la publicación de su contenido en la web oficial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y en el portal de transparencia de la entidad, dentro de los tres días de su emisión.
En el título preliminar, precisa que las disposiciones del presente reglamento son aplicables en todos los procesos electorales y de consulta popular a cargo de la ONPE para la aplicación del voto digital. Garantizando la integralidad, integridad, disponibilidad y confidencialidad de la solución tecnológica que viabiliza el voto digital. El documento indica que su cumplimiento es exigible a las organizaciones políticas y a la ciudadanía, así como a los actores electorales en general.
Además, refiere que el voto digital es un mecanismo alternativo para el ejercicio del derecho al sufragio de la ciudadanía mediante la aplicación de una solución tecnológica auditable que cumple con los atributos de integralidad, integridad, disponibilidad y confidencialidad.
De igual modo, permite al elector emitir su voto en forma no presencial y segura a través de la utilización del DNIe, con certificados digitales vigentes, en los procesos electorales o de consulta popular que organiza la ONPE.
El registro para el voto digital es voluntario y se realiza ante la ONPE conforme a los requisitos previstos en el presente reglamento. Los ciudadanos que se hayan registrado satisfactoriamente y solo ellos deberán hacer uso de este mecanismo.

















