El Ejecutivo dispuso la prórroga del estado de emergencia en algunos distritos y centros poblados de las provincias pertenecientes de las regiones de Ayacucho, Huancavelica, Junín y Cusco.
La prórroga del estado de emergencia se dará en 14 distritos y seis centros poblados; así como en la franja territorial denominada “Eje Energético del Gas de Camisea”, la cual abarca una distancia de ocho kilómetros a cada lado del Sistema de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural.
Esta distancia también abarca desde el centro poblado Nuevo Mundo, en el distrito de Megantoni, de la provincia de La Convención (Cusco); hasta el distrito de Anco, en la provincia de La Mar (Ayacucho).
La prórroga se dará por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 31 de enero de 2025, el Estado de Emergencia en los distritos de Ayahuanco, Santillana, Sivia, Llochegua, Canayre, Pucacolpa, Putis y los Centros Poblados de Ccano, Yanamonte y Carhuahuran del distrito de Uchuraccay de la provincia de Huanta y en los distritos de Ayna, Santa Rosa, Anchihuay y Río Magdalena de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho.
Durante la vigencia de la prórroga del Estado de Emergencia a que se refiere el artículo 1 del presente Decreto Supremo, se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
Además, dispone que las Fuerzas Armadas (FF. AA.) mantienen el control del orden interno durante la vigencia de la prórroga del estado de emergencia en los distritos y centros poblados; así como en la franja territorial denominada “Eje Energético del Gas de Camisea”.
La Policía Nacional del Perú (PNP) apoya a las FF. AA. para el logro de dicho objetivo en las zonas declaradas en estado de emergencia.
De igual modo establece que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas asuma el comando unificado de las FF. AA. y PNP en los distritos y centros poblados y en la referida franja territorial.

















