El Poder Judicial declaró infundado el pedido de Martín Vizcarra y declarar prescrita la acción penal en su contra, por la presunta comisión del delito de cohecho pasivo propio por actos relacionados con su gestión como gobernador regional de Moquegua entre 2011 y 2014.
La decisión se dio en el marco de la audiencia de control de acusación por los casos conocidos como Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua.
Defensa legal manifestó que los hechos son de materia de investigación y éstos habrían ocurrido en noviembre de 2013, con lo cual la acción penal ordinaria se habría extinguido en noviembre de 2019 y la extraordinaria en noviembre de 2023.
El juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, Víctor Alcocer Acosta argumentó que el plazo de prescripción es de 12 años, el cual se duplica en casos de delitos cometidos por funcionarios públicos contra el patrimonio del Estado.
Por ello, declaró infundada la excepción de prescripción de la acción penal presentada por la defensa del Vizcarra Cornejo.
El Ministerio Público solicita una pena de 15 años de pena privativa de la libertad contra el exmandatario por este caso. Asimismo, pidió 9 años de inhabilitación en su contra para ejercer cargos públicos.

















